Propiedad intelectual

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Reforma del Código Penal: nuevo régimen de los delitos contra la Propiedad Intelectual e Industrial

El pasado 31 de marzo se publicó en el BOE la Ley Orgánica 1/2015, por la que se modifica el Código Penal, que introdujo importantes cambios en el régimen de los delitos contra la Propiedad Intelectual e Industrial. Los mismos van encaminados, por un lado, a mejorar la protección de este tipo de derechos; y por otra parte, a adecuar la respuesta penal a la gravedad que en cada caso tenga la infracción cometida.

Las tarjetas de memoria de los teléfonos móviles están sometidas al canon por copia privada, ex art. 25.6 LPI

La aplicación del canon a las tarjetas de memoria no contradice la regla “de minimis” pues, por su mayor capacidad de almacenamiento, actúan como complemento del teléfono móvil y pueden ser empleados por los particulares en su condición de usuarios privados, para hacer copias privadas, “siendo éstas relevantes, a los efectos del perjuicio derivado para los titulares de los derechos de propiedad intelectual afectados, en atención a la capacidad de almacenamiento”.

Condenados los responsables de Youkioske a seis años de prisión

La Sala de lo Penal de la AN ha dictado sentencia, de fecha 5 de marzo de 2015, por la que condena a los administradores de YouKioske por los delitos contra la propiedad intelectual y delito de promoción y constitución de una organización criminal. Aplica el tipo agravado del delito contra la propiedad intelectual, por considerar que hay publicidad, lucro, conciencia de ajenidad y perjuicio a terceros.

XI Congreso Nacional de la Abogacía. Vitoria-Gasteiz, del 6 al 8 de mayo.

20 de febrero de 2015 Noticias Abogacía

Los nuevos medios de investigación tecnológica, la invasión de la privacidad de las comunicaciones, los derechos de Propiedad Intelectual en el entorno digital, el valor probatorio de las comunicaciones electrónicas, la suplantación electrónica de la identidad o la manipulación genética y la nanotecnología y sus implicaciones jurídicas centrarán el XI Congreso Nacional de la Abogacía que se celebrará en Vitoria-Gasteiz del 6 al 8 de mayo.

El Congreso aprueba la reforma del Código Penal, que incluye la pena de prisión permanente revisable

21 de enero de 2015 Noticias Reforma del Código Penal

Esta reforma introduce en nuestro ordenamiento la prisión permanente revisable y afecta también a la responsabilidad penal de las personas jurídicas; la eliminación de las faltas, que pasan a ser delitos leves;  delitos económicos; comiso de bienes; mayor protección de la mujer y de menores; propiedad intelectual y propiedad industrial; libertad condicional; hurto y robo; atentado, resistencia y desobediencia; Incendios forestales; incitación al odio contra las minorías y mayor protección penal de animales, entre otras materias.

Nueva reforma de la Ley de Propiedad Intelectual

31 de marzo de 2015 Artículos doctrinales

Con el inicio del año 2015 comienza el período de vigencia de la controvertida Reforma de la Ley de Propiedad Intelectual. Como el propio texto legal indica, esta reforma supone tan sólo el primer paso de una revisión profunda de la Ley de Propiedad Intelectual, que pretende adaptarla a la realidad del tráfico jurídico. A tan sólo pocas semanas de su aprobación, la pertinencia y efectividad de la misma ha sido ya duramente criticada por los distintos sectores de la industria, que no ven plasmados en ella sus intereses.

Condena a una Universidad por reproducción y comunicación pública ilícita de obras protegidas por los derechos de autor

05 de noviembre de 2014 Jurisprudencia Propiedad intelectual

La conducta de la universidad, consistente en instalar y mantener una plataforma digital alojada en su página web, en la que los profesores de la misma interactúan con los alumnos y les suministran, entre los materiales que consideran necesarios o convenientes para obtener la graduación en cada asignatura, obras protegida, infringe los derechos de los titulares de los derechos sobre dichas obras.

Ofertar tecnología para el intercambio entre particulares de música protegida, no supone incurrir en actos de expolio ni de aprovechamiento indebido del esfuerzo ajeno

En principio, la realización de dichos intercambios entre particulares constituye una actividad perfectamente lícita en la medida en la que los que sean objeto de transferencia no estén sujetos a derechos exclusivos de tercero o se cuente con la autorización de éste. Sin embargo, el intercambio de archivos que estén amparados por derechos de propiedad intelectual, si no se cuenta con la utorización del titular de los mismos, entraña una infracción de aquellos.